San Juan, 6 sep (EFEUSA).- La Secretaria de Justicia de Puerto Rico, Wanda Vázquez, informó hoy que el Tribunal Supremo de Puerto Rico no dio paso a la solicitud de nuevo juicio pedido por Ashley M. Torres, convicta y sentenciada a 111 años de prisión por ser coautora del asesinato de su hermano en 2009.
El Tribunal Supremo revocó la sentencia del Tribunal de Apelaciones, emitida el 23 de diciembre de 2015, según un comunicado.
La misma ordenaba llevar a cabo un nuevo juicio, contrario a la resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia el 8 de enero de 2014.
“La prueba en cuestión no contradice la prueba testifical desfilada en el juicio… Luego de considerar la prueba favorable suprimida, a la luz de toda la prueba admitida durante el juicio, concluimos que esta es muy débil para cumplir con el estándar de materialidad requerida por Brady v. Maryland, supra. La prueba en cuestión es acumulativa y no contradice la prueba incriminatoria admitida en el juicio”, según la decisión del Supremo.
Los hechos de este caso ocurrieron el 21 de febrero de 2009 en un centro comunal de Peñuelas.
El 8 de octubre de 2009, un jurado emitió un veredicto unánime de culpabilidad contra Torres como coautora de los hechos.
Esto por proveerle a su pareja, Steven Quirindongo, el arma blanca que utilizó para matar a Nelson Figueroa Feliciano, quien era hermano de la convicta.
La decisión fue emitida por la jueza Asociada Mildred G. Pabón Charneco.
La juez presidenta Maite Oronoz, y el juez asociado Ángel Colón Pérez, concurrieron.
Los jueces asociados Anabelle Rodríguez y Luis Estrella Martínez disienten sin opinión.
“Un jurado de manera unánime encontró culpable a Torres Feliciano por ser coautora del asesinato de su hermano. La prueba presentada como nueva fue entregada a la defensa a nivel de juicio para su consideración. La misma no es exculpatoria”, indicó la Secretaria de Justicia.
“El Departamento de Justicia evalúa detenidamente y seriamente cualquier caso en el que se alegue que hubo algún tipo de irregularidad, ilegalidad o incumplimiento de las reglas procesales. Pero las evaluaciones se hacen caso a caso, cumpliendo con nuestro deber de hacer justicia, sin violar los derechos de los acusados, pero velando por los derechos de las víctimas”, concluyó Vázquez.

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